Auto Supremo AS/0982/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0982/2019

Fecha: 25-Sep-2019

-Que el mismo día de la suscripción del documento de venta parcial citado anteriormente, las

-Que el mismo día de la suscripción del documento de venta parcial citado anteriormente, las mismas partes contratantes, convinieron otro acuerdo denominado “Contrato privado de aclaración y reconocimiento de deuda”, donde aclararon el costo de la venta del inmueble objeto de transferencia en el contrato citado supra, que es de $us. 70.000 y no así Bs. 70.000, monto que iba a ser pagado en diez cuotas mensuales (cláusula tercera y cuarta). En ese mismo sentido y de acuerdo a lo estipulado en el documento de transferencia se aclaró los siguientes aspectos: a) Que los deudores correrían, entre otros, con todos los gastos atinentes a los impuestos catastrales devengados. b) Que, en la de suscripción de dicho contrato, es decir el 26 de febrero de 2008, la empresa Alke & Co. Bolivia S.A. habría otorgado poder al abogado Ricardo Velarde Soleto para que inicie el proceso de resolución de contrato de comodato que pesa sobre el inmueble objeto de transferencia; asimismo, se aclaró que los costos de ese proceso y los honorarios del abogado correrían por cuenta de los deudores. En ese mismo inciso, se aclaró las causales por las cuales debía interponerse la resolución del contrato de comodato y se recalcó que los resultados de ese proceso correrían por cuenta de los deudores. c) Que los deudores, tenían la libertad de registrar la transferencia del lote de terreno inmediatamente o después de la resolución del contrato de comodato. d) Que cualquier problema sería solucionado en acuerdo entre partes (cláusula sexta)