Auto Supremo AS/0982/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0982/2019

Fecha: 25-Sep-2019

Finalmente, ante la determinación a ser asumida en la presente resolución, corresponde referirnos a los

Finalmente, ante la determinación a ser asumida en la presente resolución, corresponde referirnos a los fundamentos expuestos en el memorial de respuesta al recurso de casación que fue presentado por la empresa demandante Alke & Co. Bolivia S.A. a través de su apoderada legal Margoth Hermosa Castro (fs. 1608 a 1610); de esta manera, partiremos señalando que el recurso de casación presentado por la parte demandada cumple con los requisitos de admisión establecidos en el art. 274.I del Código Procesal Civil, entre estos, que expresa con claridad y precisión el agravio sufrido con la resolución de segunda instancia, motivo por el cual se pronunció el Auto Supremo de admisión Nº 720/2019-RA de 29 de julio que cursa de fs. 1622 a 1624, donde los extremos referidos a la falta de técnica recursiva que son observados por la empresa demandante, ya fueron descartados. Respecto a la valoración probatoria que, a criterio de la parte demandante, coincidiría la realizada en primera y segunda instancia, corresponde señalar que los únicos extremos coincidentes en ambas resoluciones, conforme a lo ampliamente desarrollado en el presente considerando, es que la empresa demandante incumplió el contrato y que la parte demandada cumplió con las obligaciones contraídas, más no así las demás determinaciones, motivo por el cual se explicó de manera clara, precisa y concisa las razones por las cuales la determinación asumida por el Tribunal de Alzada que decidió revocar la sentencia de primera instancia no resultaba correcta