Auto Supremo AS/0533/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2020

Fecha: 09-Nov-2020

Ingresando al análisis del reclamo del recurrente, para su efecto resulta adecuado remitirnos a los

Ingresando al análisis del reclamo del recurrente, para su efecto resulta adecuado remitirnos a los argumentos que fueron sustento de la excepción de cosa juzgada opuesta por el demandado, que mediante memorial de fs. 132 a 136, manifestó que el 01 de febrero de 2011, ante el Juzgado de Instrucción Mixto y Cautelar de Monteagudo, interpuso demanda sobre reivindicación en contra de Juan Herrera Santos y Anastasia Arrueta Cáceres, demandando la reivindicación del lote de terreno de 840,70 m2 adquirido por su persona a través de la Escritura Pública N° 209/2008 de su anterior propietaria María Dolores Carballo Carrasco; inmueble que cuenta con las siguientes colindancias: al norte con la propiedad de Félix Céspedes; al este con la Av. Batallón V de Ingenieros; al sud con la calle Camiri y al oeste con el lote N° 4 del barrio Los Pinos. La Sentencia N° 24/2011 declaró improbada la demanda, la cual fue revocada parcialmente por el Auto de Vista N° 08/2012 y este a su vez fue casado por el Auto Vista N° SCII-09/2014 de 17 de junio que, tras una serie de recurso ordinarios y extraordinario, declaró probada la demanda de reivindicación del referido inmueble, adquiriendo calidad de cosa juzgada conforme se observa de fs. 48 a 118