Corrido en traslado el recurso de casación, no hubo respuesta al mismo
Corrido en traslado el recurso de casación, no hubo respuesta al mismo
- Expediente: O-12-20-S
- Partes: COMIBOL c/German Flores Mamani
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO I
- Posteriormente el Tribunal de alzada emitió el Auto de Vista Nº 50/2020 de 17 de
- Afirman que es evidente la venta de bienes de COMIBOL, que fueron transferidos mediante notas
- Apuntan lo siguiente: “el Decreto Supremo N° 24635 de 27 de mayo de
- Sostienen que las obligaciones contraídas por el demandado por cuenta propia o en representación de
- Asimismo, el Ad quem consideró los documentos de traspaso y concluyó que por concepto de
- Con relación a la demanda reconvencional sobre daños y perjuicios señalaron que fue correctamente declarada
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- CONSIDERANDO II
- Asimismo, manifiesta que incurrió en infundados y contradictorios obiter dicta considerando que al ser admitida
- La prueba pericial producida en segunda instancia no tiene relación con lo dispuesto en el
- El recurrente denuncia que hubo error in procedendo del Ad quem al disponer la producción
- No obstante, denuncia que a través de la pericia no se averiguó el fondo de
- Reitera la vulneración del art. 265.I del CPC y el principio de congruencia
- Bajo otro acápite el recurrente reitera esta infracción, añadiendo en esta ocasión la falta de
- Observa la existencia de pretensión, objeto del proceso y objeto de la prueba
- El recurrente aduciendo el extravío del Tribunal de alzada, bajo este subtítulo precisa que el
- Inexistencia de prueba de cargo que demuestre la pretensión
- Inexistencia de prueba que fue reconocida en el Auto de Vista impugnado, sin embargo, es
- El recurrente manifiesta que los de alzada, luego de reconocer que la demandante COMIBOL no
- Acusa que el Ad quem incurrió en error de derecho en la valoración global de
- Denuncia que se incurrió en una prohibida autoproducción de la prueba
- Acusa que se sabe que nadie puede fabricar su propia prueba para atacar el derecho
- Denuncia que hubo error de derecho en la valoración de la prueba al determinar la
- El recurrente acusa que el Tribunal de alzada tras la existencia pasada de una relación
- Y añade que en el numeral 7, los de alzada concluyen que al tratarse de
- De igual manera denuncia que a fs
- También señala que a fs
- Añade que el Ad quem incurrió en error de hecho porque cita los documentos de
- De la respuesta al recurso de casación
- Corrido en traslado el recurso de casación, no hubo respuesta al mismo
- CONSIDERANDO III
- Por Auto Supremo Nº 329/2016 de 13 de abril, se razonó lo siguiente: “Principio de
- III.2. De la valoración de la prueba
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- Con relación a la prueba pericial el art
- III.3. Del principio de verdad material
- Sobre dicho principio este Supremo Tribunal de Justicia orientó en sus diversos fallos como el
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- Por otra parte, la Sentencia Constitucional Nº 0713/2010-R de 26 de julio al respecto estableció
- El ajustarse a la verdad material, genera la primacía de la realidad de los hechos
- III.4. De la carga de la prueba
- Previamente a ingresar a considerar la carga de la prueba, nos referiremos a lo que
- Ahora bien, dicho Autor, sobre la carga de la prueba inmersa en el art
- III.5. Del principio de congruencia y el art. 265.I del Código Procesal Civil
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- La jurisprudencia constitucional desarrolló asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº 0486/2010-R
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En este entendido, este Tribunal Supremo de Justicia orientó a través del Auto Supremo Nº
- De igual forma, a través del Auto Supremo Nº 254/2014 se orientó que: “La inobservancia de
- Asimismo, y ahondando un poco más en la incongruencia omisiva, es menester señalar que el
- Continuando, es importante considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho al debido
- “En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia, la
- De donde se tiene que el juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad, que
- III.6. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- En la Sentencia Constitucional Nº 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de
- De igual manera la SC Nº 2023/2010-R de 9 de noviembre estableció que: “…la motivación
- Por otra parte, en la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0903/2012 de 22 de agosto, se
- En la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0075/2016-S3 de 8 de enero sobre la fundamentación y
- De la revisión de los motivos del recurso de casación se desprende que contienen en
- Conforme se desprende de antecedentes es evidente que pronunciada la sentencia, el recurrente solicitó complementación
- Adicionalmente se debe tener en cuenta que el recurso de apelación ya fue objeto de
- Sobre este punto, del análisis de antecedentes se desprende que si bien es evidente
- Que, devueltos los antecedentes, el Ad quem a efectos de dar cumplimiento al referido fallo,
- Es así que con base en el dictamen pericial de fs
- Por dicha razón no es evidente que el Ad quem incongruentemente haya ingresado al
- Aspecto que inclusive el Auto Supremo N° 417/2019 de 24 de abril de fs
- Dicha razón, ratifica el goce de las prerrogativas que le otorga la ley para
- 3) La prueba pericial producida en segunda instancia no tiene relación con
- Con relación a este reclamo por el que el recurrente denuncia que hubo error in
- En el fondo
- Sobre ciertas falencias que se podría acusar en el cumplimiento de formalidades de contratos conforme
- Ahora bien esta venta de bienes de COMIBOL, al demandado fueron efectuadas por notas de
- Por lo que esta demostración de no tener deuda pendiente de pago también debe ser
- En el presente proceso, el demandante ha provisto de prueba para demostrar sus pretensiones, al
- Asimismo, se debe tener en cuenta que el Ad quem consideró los documentos de traspaso
- Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
