La Sentencia de fecha 28 de septiembre de 2018, resolvió declarar Improbada la demanda, bajo
La Sentencia de fecha 28 de septiembre de 2018, resolvió declarar Improbada la demanda, bajo dos argumentos finales, uno, que no haber proceso interno previo y que no se ha demostrado el cumplimiento de la causal de despido demandada del inc. e) del art. 16 de la LGT., e inc. e) del art. 9 del DRLGT., y dos, porque no se ha acreditado la decisión del trabajador de desvincularse de la empresa y rescindir el contrato, vale decir, que no se basó en las pruebas de las faltas reiterativas menores a 6 días, que demostraban el incumplimiento del convenio laboral, sino que toda la argumentación se basó en un abandono incumplimiento, que no fue demandando, pues esta es una causal diferente e independiente a la de incumplimiento de convenio, que tiene otros presupuestos distintos al demandado, por lo que la Sentencia fue Extra Petita y Omitió valorar y resolver lo demandado
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- Fundamentación del caso concreto
- Cuando se alude a error de hecho o de derecho respecto de la interpretación de
- Este aspecto, en este caso de tratarse de despido, o modificación de las modalidades de
- Sin embargo, en el caso presente, al tratarse de un proceso especial, establecido específicamente para
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- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
