Auto Supremo AS/0591/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2020

Fecha: 05-Nov-2020

“Ratificando con lo citado ut supra, el artículo 152 de la Ley de Organización Judicial

“Ratificando con lo citado ut supra, el artículo 152 de la Ley de Organización Judicial Nº 1455, (vigente el momento del inicio y conclusión del proceso sumario administrativo seguido en contra del demandante), disponía: (Competencia). Los jueces del trabajo y seguridad social tienen competencia para lo siguiente: 6) “Conocer en primera instancia de las demandas de reincorporación, y del desafuero de dirigentes sindicales, concordante con los artículos 9 y 43. f) del Código Procesal del Trabajo, que señalan los Jueces de Trabajo y Seguridad Social tienen competencia para conocer en primera instancia “de la demanda de desafuero de dirigentes sindicales”