Auto Supremo AS/0616/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0616/2020

Fecha: 01-Dic-2020

CONSIDERANDO I

Partes: Sabas García Calderón c/ Lucio Mercado Altamirano y otros.
Proceso: Usucapión decenal.
Distrito: Tarija.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 853 a 862, interpuesto por Sabas García Calderón, contra el Auto de Vista Nº 13/2020 de 21 de febrero, cursante de fs. 843 a 850 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en el proceso de usucapión decenal seguido por el recurrente contra Lucio Mercado Altamirano y otros; la contestación cursante de fs. 875 a 882; el Auto de concesión de 25 de septiembre de 2020, cursante a fs. 884; el Auto Supremo de Admisión N° 448/2020-RA de 15 de octubre de fs. 890 a 891 vta.; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base a la demanda cursante de fs. 136 a 140 vta., ampliada a fs. 176 y vta., Sabas García Calderón, inició proceso ordinario de usucapión decenal contra Lucio Mercado Altamirano y otros, quienes una vez citados, Lucio Mercado Altamirano, Juana Olga Figueroa Segovia, Agustín Figueroa Segovia se allanaron a la demanda, asimismo Lorenzo Antonio, Ivar, Rosa Susana, Julia, María y Natividad todos Figueroa Cazón al no haber comparecido al proceso, mediante Auto de 07 de junio de 2017 fueron declarados rebeldes, los herederos de Juan Bernardino Segovia y presuntos propietarios fueron citados mediante edictos, a cuyo efecto se les designó como defensora de oficio a la Abog. Mariel Alfaro Valdez, contestando mediante memorial cursante a fs. 330 y vta., desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 191/2018 de 30 de noviembre, cursante de fs. 686 a 691, en la que el Juez Público, Civil y Comercial 2º de la ciudad de Tarija, declaró IMPROBADA la demanda de usucapión decenal