Auto Supremo AS/0687/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0687/2020

Fecha: 02-Dic-2020

De la respuesta al recurso de casación.

Corrido en traslado el recurso de casación, KADOB S.R.L., representado por Emma C. Mejía respondió por memorial de fs. 452 a 459 vta., afirmando que el recurso de casación es confuso e incumple los requisitos para su formulación por carecer de motivación, en ese sentido señala que el recurso de casación en la forma, de manera lacónica refiere que el Ad quem no tomó en cuenta su apelación sin explicar ni motivar, menos fundamentar su recurso.

En cuanto al recurso en el fondo, sostiene falsamente que se habrían infringido las normas legales acusadas, pues la empresa KABOD cumplió en buena fe, por las pruebas presentadas consistentes en la Nota de entrega Nº KBD-9PR-005 de furgones más los  equipos, sin observación que la falta de retrovisor, que en fecha 07 de marzo de 2016 TOYOSA S.A., le canceló el saldo del precio con factura a KABOD  S.R.L.,  de  acuerdo a lo estipulado en  la cláusula cuarta del contrato, previa inspección y conformidad de TOYOSA S.A., habiendo previamente entregado  los  camiones con los furgones instalados y funcionando. Asimismo afirma que el 11 de noviembre de 2016  extemporáneamente, a los ocho meses después mediante nota  JVR D 36/2016 TOYOSA  S.A.,  le comunica que recibió reclamo de su cliente  IPD –PACU, respondiendo el 15 de noviembre de 2016 y luego el 15 de febrero de 2017 haciendo notar que  estos  aspectos ya habrían sido superados, por lo que considera que de su parte han dado cumplimiento con los requerimientos del cliente, más allá de lo estipulado y que el  30 de  marzo  de 2017 se llevó a cabo una reunión de conciliación con presencia de los  representantes  de TOYOSA  S.A., y KABOD S.R.L., además de los clientes IPD – PACU, donde llegaron a acuerdos, contenidos en Acta determinando como definitivos los puntos abordados, no existiendo aspectos pendientes a tratarse fuera  del resultado  del testeo o prueba a realizar el 04 de abril de 2017, efectuado el mismo, comunicó  a  TOYOSA que  la prueba  en  los  frigoríficos  fue  satisfactoria  firmando  KABOD S.R.L.,  y  los  clientes  IPD-PACU, cerrándose las discusiones.