En tal sentido, de la lectura del Auto de Vista recurrido y del examen exhaustivo
En ese sentido al igual que el Auto de Vista recurrido corresponde señalar que todos los argumentos contenidos en el recurso de casación, atacan a un solo hecho; cual es, la inexistencia de una relación laboral, consecuentemente los otros argumentos referidos al pago de vacaciones, aguinaldos, segundo aguinaldo Esfuerzo por Bolivia, multa del 30%, devienen del reconocimiento o no del vínculo laboral bajo al amparo de la LGT; en tal sentido, al tener un nexo común, corresponde de inició resolver la problemática central, es decir el tipo de relación laboral existente. No siendo evidente la necesidad de resolver los argumentos del recurrente punto por punto, porque el debido proceso exige que la resolución sea clara, comprensible y que responda ya sea de forma conjunta o individual a lo reclamado.
En tal sentido, de la lectura del Auto de Vista recurrido y del examen exhaustivo del contrato de trabajo de fs. 5 a 6 de obrados (primer cuerpo) y los otros antecedentes del proceso, se advierte que el Tribunal de alzada, al resolver el recurso de apelación y confirmar en parte la Sentencia de primer grado, determinó de manera correcta que existía entre los sujetos procesales una la relación laboral, porque concurrieron los elementos que hacen a la misma, conforme establece el art. 1 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, concordante y ratificado con el art. 2 del DS 28699 de 01 de mayo de 2006; es decir:“…a) La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador; b) La prestación de trabajo por cuenta ajena; y c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de sus formas de manifestación”; elementos que fueron interpretados en relación con el art. 5 de la misma norma
En tal sentido, de la lectura del Auto de Vista recurrido y del examen exhaustivo del contrato de trabajo de fs. 5 a 6 de obrados (primer cuerpo) y los otros antecedentes del proceso, se advierte que el Tribunal de alzada, al resolver el recurso de apelación y confirmar en parte la Sentencia de primer grado, determinó de manera correcta que existía entre los sujetos procesales una la relación laboral, porque concurrieron los elementos que hacen a la misma, conforme establece el art. 1 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, concordante y ratificado con el art. 2 del DS 28699 de 01 de mayo de 2006; es decir:“…a) La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador; b) La prestación de trabajo por cuenta ajena; y c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de sus formas de manifestación”; elementos que fueron interpretados en relación con el art. 5 de la misma norma
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de vista
- Interpuesto los recursos de apelación de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, la Compañía demandada, interpuso recurso de casación en
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN
- Alega que, el Auto de Vista impugnado, si bien se tiene resumido en el Considerando
- Indebida y errónea aplicación de los arts
- Actividad además que, la realizaba de forma discontinua, que sólo le ocupaba uno o dos
- Por disposición del art
- Por otro lado, señala que la demandante trabajaba a tiempo completo, como empleada de la
- A continuación, se refiere a que la cláusula octava de los contratos de fs
- Vulneración de los arts
- En estricta aplicación del art
- Vulneración y violación del art. 33 del DR LGT
- Manifiesta que en la normativa laboral y Autos Supremos existe la imposibilidad de acumular vacaciones
- Vulneración de la Ley de 18 de diciembre de 1944 (pago de aguinaldo de navidad)
- En el monto condenado en Sentencia, se encuentra el pago de aguinaldos desde la gestión
- Inaplicabilidad de los art
- El Auto de Vista confirmó la aplicación del art
- De igual modo, al disponer el pago de la multa del 30% que establece el
- Reitera la aplicación ineludible al caso de autos del CCó que debió aplicarse preferentemente en
- Si bien en materia laboral no rige la tarifa legal de la prueba (art
- Petitorio
- CONTESTACION AL RECURSO
- 3
- Admisión
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver, con las siguientes
- El art
- El derecho al trabajo es un derecho fundamental reconocido de manera expresa y positiva por
- A su vez, la CPE, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
- En ese contexto, se infiere en base al modelo de estado constitucional social de derecho;
- Del principio de verdad material
- Fundamentos del caso concreto
- En tal sentido, de la lectura del Auto de Vista recurrido y del examen exhaustivo
- El hecho de que la entidad recurrente manifieste que la demandante trabajó en dos instituciones
- Sobre lo referido por el recurrente acerca de la aplicación del art
- Además, el recurrente afirma que no se cumpliría con los elementos que hacen a la
- En ese sentido, en el contrato pactado en el presente caso, se acomodan los elementos
- Respecto a la característica de prestación de trabajo por cuenta ajena; como ya se relacionó
- En el caso, en cuanto a la percepción de un sueldo o salario, se evidencia
- En ese contexto, independientemente de la denominación que se le quisiera dar, la actora percibió
- Adicionalmente; es oportuno precisar que, el recurrente pretende una nueva valoración de la prueba, aspecto
- Por consiguiente, la valoración de las pruebas son incensurables en casación, salvo que en el
- Nótese que la disposición citada expresa que deberán cumplirse dos condiciones: La primera que deberá
- por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
- Sin costas, en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
