Auto Supremo AS/0095/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2020

Fecha: 20-Feb-2020

Respecto a la característica de prestación de trabajo por cuenta ajena; como ya se relacionó

Respecto a la característica de prestación de trabajo por cuenta ajena; como ya se relacionó precedentemente, existió la entrega voluntaria de energía física o intelectual para la obtención de un producto a favor de un tercero y este trabajo por cuenta ajena, es aquel que realiza el trabajador en una labor personal, ya sea física o intelectual, que implica la realización de actos materiales ejecutados con su pleno conocimiento, en beneficio del empleador, sea indistintamente una persona natural o jurídica; es decir que la labor desempeñada por la actora como lecturadora (según contrato comisionista), constituye la prestación de trabajo por cuenta ajena que realizaba la demandante, a favor de su actual contratante, es decir la entrega voluntaria de energía física o intelectual para la obtención de un producto (el trabajo prestado como lecturadora) a favor de un tercero (CESSA), que determinará la existencia básica de una situación de subordinación laboral, conforme prevé los arts. 1 del DS Nº 23570 y 2 de DS Nº 28699