Celso Quiroga Cáceres; Víctor Quiroga Vargas y Salustiana Cáceres Jaimes, interponen recursos de casación cuyos
Contra la mencionada Sentencia, los imputados Celso Quiroga Cáceres (466 a 473); Víctor Quiroga Vargas y Salustiana Cáceres Jaimes (fs. 511 a 521), interpusieron respectivamente sus recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista de 15 de mayo de 2015, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedentes los recursos interpuestos; confirmando, por ende, la Sentencia apelada.
I.2 Motivo del recurso
En conocimiento del señalado recurso, esta Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 802/2019-RA de 10 de septiembre, delimitando el análisis de fondo en los siguientes parámetros:
Celso Quiroga Cáceres; Víctor Quiroga Vargas y Salustiana Cáceres Jaimes, interponen recursos de casación cuyos planteamientos son idénticos, puesto que rememorando la apelación incidental interpuesta y declarada inadmisible en alzada -en cuanto al rechazo de la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso-, denuncian que el Tribunal de alzada soslayó su deber de control en la valoración de prueba desarrollada por Juez de origen, limitándose a declarar la improcedencia del recurso bajo el fundamento de que la apelación restringida carecía de mérito. Citan a tal efecto como contradictorio, el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007
- Por memoriales presentados el 10 de agosto de 2015, Celso Quiroga Cáceres, fs
- Por Sentencia de 10 de marzo de 2014 (fs
- Celso Quiroga Cáceres; Víctor Quiroga Vargas y Salustiana Cáceres Jaimes, interponen recursos de casación cuyos
- Piden se declare fundado el recurso y se deje sin efecto el Auto de Vista
- Por memoriales de fs
- El acusador particular y la Juez de Sentencia inventaron la figura de la reposición de
- Respecto al reclamo de que se consignó en la parte dispositiva de la sentencia una
- Con relación al defecto de sentencia establecido por el num
- III
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia a través del recurso de casación tiene
- En el contexto referido, conforme al mandato del art
- “Cuando la norma se refiere a una situación de hecho similar, considera esta Sala que
- Conforme lo señala el párrafo tercero del art
- “Así mismo se tiene, que tanto los procesados como los acusadores han denunciado a su
- En ese sentido éste tribunal ha determinado con respecto a la motivación de los fallos,
- La motivación debe ser d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a
- Por lo precedentemente expuesto, corresponde deferir favorablemente a los recursos de casación planteados y disponer
- “El Tribunal de Alzada no se encuentra facultado para valorar total o parcialmente la prueba;
- El planteamiento del agravio por parte de los recurrentes en este caso particular está referido
- Por su parte, el precedente invocado resolvió varios agravios, entre ellos reclamos referidos a la
- Conforme a lo precisado, se puede concluir que en el caso del Auto de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
