Por memoriales presentados el 10 de agosto de 2015, Celso Quiroga Cáceres, fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 175/2020-RRC
Sucre, 17 de febrero de 2020
Expediente: Cochabamba 69/2015
Parte Acusadora: Félix López Quinteros
Parte Imputada: Víctor Quiroga López y otros
Delito: Despojo
Magistrado Relator : Dr. Olvis Egues Oliva
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 10 de agosto de 2015, Celso Quiroga Cáceres, fs. 585 a 587; Víctor Quiroga Vargas y Salustiana Cáceres Jaimes, de fs. 590 a 593 vta., interponen respectivamente recursos de casación, impugnando el Auto de Vista de 15 de mayo de 2015, de fs. 573 a 582, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Félix López Quinteros contra Juany Jiménez Orellana y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 175/2020-RRC
Sucre, 17 de febrero de 2020
Expediente: Cochabamba 69/2015
Parte Acusadora: Félix López Quinteros
Parte Imputada: Víctor Quiroga López y otros
Delito: Despojo
Magistrado Relator : Dr. Olvis Egues Oliva
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 10 de agosto de 2015, Celso Quiroga Cáceres, fs. 585 a 587; Víctor Quiroga Vargas y Salustiana Cáceres Jaimes, de fs. 590 a 593 vta., interponen respectivamente recursos de casación, impugnando el Auto de Vista de 15 de mayo de 2015, de fs. 573 a 582, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Félix López Quinteros contra Juany Jiménez Orellana y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
- Por memoriales presentados el 10 de agosto de 2015, Celso Quiroga Cáceres, fs
- Por Sentencia de 10 de marzo de 2014 (fs
- Celso Quiroga Cáceres; Víctor Quiroga Vargas y Salustiana Cáceres Jaimes, interponen recursos de casación cuyos
- Piden se declare fundado el recurso y se deje sin efecto el Auto de Vista
- Por memoriales de fs
- El acusador particular y la Juez de Sentencia inventaron la figura de la reposición de
- Respecto al reclamo de que se consignó en la parte dispositiva de la sentencia una
- Con relación al defecto de sentencia establecido por el num
- III
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia a través del recurso de casación tiene
- En el contexto referido, conforme al mandato del art
- “Cuando la norma se refiere a una situación de hecho similar, considera esta Sala que
- Conforme lo señala el párrafo tercero del art
- “Así mismo se tiene, que tanto los procesados como los acusadores han denunciado a su
- En ese sentido éste tribunal ha determinado con respecto a la motivación de los fallos,
- La motivación debe ser d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a
- Por lo precedentemente expuesto, corresponde deferir favorablemente a los recursos de casación planteados y disponer
- “El Tribunal de Alzada no se encuentra facultado para valorar total o parcialmente la prueba;
- El planteamiento del agravio por parte de los recurrentes en este caso particular está referido
- Por su parte, el precedente invocado resolvió varios agravios, entre ellos reclamos referidos a la
- Conforme a lo precisado, se puede concluir que en el caso del Auto de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
