Auto Supremo AS/0182/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado, refiere que, como derivación de la


Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado, refiere que, como derivación de la valoración de la prueba sujeta a inmediación y contradicción en la Sentencia en el Considerando III hechos no probados, en lo pertinente se establece respecto a la remisión de la nota Of. S.G Nº 893 “un número de 10 personas que hubieran firmado en apoyo al mejoramiento de la calle Avaroa siendo en ese sentido las afirmaciones de la acusación insuficientes”, en ese escenario no estando concretada una base fáctica en la que se determine que la afirmación contenida en el documento cuestionado de falso ideológicamente como el haber determinado que se hubiera alcanzado consenso en la población tupiceña en el proyecto de construcción paseo calle Avaroa, el hecho determinado como no probado más bien tiende a ahondar la contradicción y no explica porque la inexistencia de consenso a partir de esa base no respalda lo aseverado por la acusación respecto al tipo penal acusado, por consiguiente es evidente la defectuosa valoración de la prueba y fundamentación insuficiente y contradictoria denunciada