Auto Supremo AS/0220/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2020-RRC

Fecha: 28-Feb-2020

En el caso presente, como se ha señalado la recurrente denunció la vulneración del art

Sin embargo de lo señalado, estos entendimientos para ser aplicados en los reclamos de vulneración del derecho al debido proceso en su elemento debida fundamentación y motivación, deben ser comprendidos, como lo ha señalado el Tribunal Constitucional SSCCPP 014/2018-S2 y 018/2018- S2, a partir de la relevancia constitucional que tenga la alegada arbitraria o insuficiente fundamentación y motivación de las resoluciones que se reclaman, es decir, que para determinar la existencia de la vulneración debe analizarse la incidencia de dicho acto supuestamente ilegal en la resolución que se está cuestionando como vulneratoria del derecho al debido proceso en su elementos debida fundamentación; pues, si no tiene efecto modificatorio en el fondo de la decisión, la tutela concedida únicamente tendría como efecto el que se pronuncie una nueva resolución con el mismo resultado; consiguientemente, a partir de una interpretación previsora, si bien la arbitraria o insuficiente fundamentación, aún carezca de relevancia, deberá ser analizada; empero, corresponderá no dar curso al reclamo por carecer de relevancia constitucional, con la aclaración que este entendimiento es únicamente aplicable a los casos en que se analiza la vulneración del derecho señalado.
     
III.2. Análisis de la denuncia de violación del derecho al debido proceso

En el caso presente, como se ha señalado la recurrente denunció la vulneración del art. 124 del CPP porque el tribunal de apelación no se pronunció sobre los agravios formulados en su recurso de apelación restringida, denunciando por lo mismo una actuación parcializada del tribunal de apelación ya que solo resolvió los motivos del recurso del imputado, pidiendo se anule el Auto de Vista de 17 de junio de 2019, y quede sin efecto legal