Auto Supremo AS/0220/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2020-RRC

Fecha: 28-Feb-2020

Por su parte el Tribunal de apelación, efectivamente no se pronunció sobre el reclamo de


Por su parte el Tribunal de apelación, efectivamente no se pronunció sobre el reclamo de la recurrente, pues el análisis de fondo se inició con los reclamos del imputado referidos a la falta de identificación de los hechos por los que fue juzgado y los defectos de Sentencia previstos por los nums. 1), 5), 6), 8) y 11) del art.370 del CPP, en cuyo mérito la resolución después de realizar varias consideraciones sobre la fundamentación del fallo apelado concluyó que la Sentencia identificó los hechos que se juzgaron y que fueron base de juicio; sin embargo, no contenía una correcta fundamentación probatoria ni descriptiva, porque no realizó una descripción de los medios o elementos probatorios judicializados e incorporados en el juicio por las partes, en especial las pruebas de cargo ya que el acusado no produjo prueba alguna, fundamentó los hechos probados utilizando alguna de las pruebas de cargo, sin efectuar una fundamentación probatoria descriptiva de la totalidad de las pruebas de cargo, tanto testificales como documentales producidas por los acusadores; asimismo, concluyó que tampoco existió una correcta fundamentación jurídica que permita comprender por qué se condenó al acusado sin haber mencionado ni valorado la totalidad de las pruebas de cargo, mucho menos describió correctamente las pruebas judicializadas en juicio, lo que constituía un defecto absoluto inconvalidable, por lo que declaró procedente el recurso de apelación restringida interpuesto por el imputado Carlos Guillermo Bendek Daza y, deliberando en el fondo anuló la Sentencia Condenatoria 01/2019 de 14 de enero, ordenando el reenvío del juicio a otro tribunal de Sentencia llamado por ley