Auto Supremo AS/0119/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En la forma

En la forma. Respecto a la denuncia de la vulneración del principio de verdad material e igualdad establecido en el art. 180-I de la CPE, el derecho a la defensa, así como la falta de fundamentación y motivación de la resolución impugnada. Sobre el principio de verdad material este Supremo Tribunal emitió el razonamiento que los jueces y tribunales deben estar comprometidos con la averiguación de la verdad material y la consolidación de la justicia material, interviniendo activa y equitativamente en el proceso, para lograr que la decisión de fondo esté fundada en la verdad real de los hechos (verdad material), puesto que su actividad no está guiada por un interés privado de parte, como el de las partes quienes tienen su propia verdad, al contrario su interés al ser representante del Estado es público y busca el bienestar social, evitando así que el resultado del proceso sea producto de la sola técnica procesal o la verdad formal que las partes introducen al proceso, por lo que, el Juez tiene la amplia facultad aún de decretar la producción de pruebas de oficio que considere necesarias, a efectos de procurar la justicia material, sobre los cuales se cimienta su nuevo rol de garante de derechos fundamentales