Auto Supremo AS/0119/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Manifestó que respecto al cobro indebido determinado existe normativa que respalda los intereses del Estado,

Manifestó que respecto al cobro indebido determinado existe normativa que respalda los intereses del Estado, así el art. 4 inc. c) del DS 26189 de 18 de mayo de 2001, art. 5 inc. h) del DS 27066 de 6 de junio de 2003, y art. 15 del DS 27991 de 28 de enero de 2005, normas que fundamentan la recuperación de cobros indebidos, así como exigir la devolución o restitución total de las cantidades indebidamente percibidas, efectuar la recuperación de aportes en la vía administrativa y tramitar el cobro coactivo; por lo que el SENASIR al subsumir al caso concreto aplicó la ley adecuadamente, y que el Auto de Vista recurrido no considera que como ente liquidador, tiene la obligación de recuperar los montos de prestaciones otorgadas que constituye un cobro indebido