Manifestó que el Tribunal de alzada baso su determinación de mantener la suspensión de su
En el fondo.
Manifestó que el Tribunal de alzada baso su determinación de mantener la suspensión de su renta de viudedad, en el informe social N° 011/18 de 11 de abril de 2018, además de solo valorar partes de las declaraciones informativas obviando prueba que demuestre la verdad material de los hechos, vulnerándose el principio de verdad material inserto en el art. 180.I de la CPE, por lo que se establece errores de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba por parte del SENASIR, como el Tribunal de apelación
Manifestó que el Tribunal de alzada baso su determinación de mantener la suspensión de su renta de viudedad, en el informe social N° 011/18 de 11 de abril de 2018, además de solo valorar partes de las declaraciones informativas obviando prueba que demuestre la verdad material de los hechos, vulnerándose el principio de verdad material inserto en el art. 180.I de la CPE, por lo que se establece errores de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba por parte del SENASIR, como el Tribunal de apelación
- CONSIDERANDO I
- A su vez, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación interpuesta por la solicitante de fs
- I.3 Motivos de los recursos de casación
- El auto de vista referido, motivó los recursos de casación en el fondo de fs
- A
- Manifestó que respecto al cobro indebido determinado existe normativa que respalda los intereses del Estado,
- Concluyó el memorial, solicitando se case en parte el Auto de Vista recurrido, dejándose vigente
- I
- Refiere que el Tribunal de Alzada vulnera el principio de verdad material e igualdad de
- Manifestó que el Tribunal de alzada baso su determinación de mantener la suspensión de su
- Concluye el memorial, solicitando a este Tribunal Supremo anule el Auto de Vista N° 015/2019
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos de ambos recursos, se establece lo siguiente
- Segundo recuro en la forma y en el fondo, interpuesto por Lucia Tapia Telles
- En la forma
- Con relación a la denuncia de falta de motivación y fundamentación en el Auto de
- En el fondo
- En relación a que el Tribunal de alzada por decreto de fs
- En el presente caso, no se produjeron ninguno de los supuestos enunciados que permita la
- De lo que se concluye que el Tribunal de Apelación, fundamentó y basó su fallo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
