Auto Supremo AS/0180/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0180/2020

Fecha: 09-Mar-2020

I

I.2. Motivos del recurso de casación.
Habiendo sido notificada Elizabeth Gonzales Galván, representante de la Empresa “E&G”, con la Sentencia Nº 626/2019 de 27 de agosto, el 28 de agosto de 2019, según consta a fs. 201, plantea recurso de casación en el fondo, de acuerdo a los siguientes términos:
I.2.1.- La Sentencia Nº 626/2019 de 27 de agosto, vulnera e interpreta erróneamente el art. 39.II, inc) a y b del D.S. Nº 181 de 28 de junio de 2009 vigente a partir del 15 de julio de 2009, así como los arts. 519 y 568 del Código Civil, ya que de acuerdo a lo estipulado y dispuesto en las Órdenes de Compra Nº 2016-10385 y 2016-09965, realizó la entrega de 170 y 277 juegos de sábanas respectivamente, con destino a la Villa Bolivariana dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, sin embargo, no procedieron a cancelar la suma de Bs. 28.900 por la provisión de 170 juegos de sábanas y Bs. 47.090 por la provisión también de 277 juegos de sábanas, aclara que el acta de entrega y recepción, fue suscrita por personal competente y autorizado por el GAMS, como comisión de recepción, cursando las mismas a fs. 3 y 9 respectivamente, aspecto que fue expresamente reconocido en la sentencia, cumpliendo en consecuencia con lo dispuesto en el art. 32, inc. d) del D.S. Nº 181 de 28 de junio de 2009 y con la facultad prevista en el art. 39 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, además de señalar que el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre se adhirió a la prueba presentada por la recurrente, reconociendo y ratificando las actas de entrega y recepción de 16 de diciembre de 2016 suscritas por la Comisión de Recepción que acredita la entrega y recepción definitiva de los 170 y 277 juegos de sábanas, sin ninguna observación, cumpliendo con los requisitos establecidos en las correspondientes órdenes de compra, situación reconocida en el acápite de conclusiones