Auto Supremo AS/0195/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2020

Fecha: 09-Mar-2020

b) Interpretación errónea de la ley


b) Interpretación errónea de la ley. – Que los jueces y tribunales de la jurisdicción laboral deben aplicar aquellas normas civiles que no vulneren los principios del trabajo, que en el presente caso fue vulnerado, porque conforme establecen los principios del trabajo citados en el art. 3 del CPT, como el principio de preclusión; así también, al hacer el análisis del documento en virtud de la verdad material, se debe establecer que el documento adjuntado en relación a una demanda de división y partición como parte del recurso de casación, por una parte, no cumplió con el periodo probatorio y por otra, fue adjuntados después de haberse dictado el auto de vista y el auto supremo que anuló obrados hasta el anterior auto de vista, por lo que un documento que fue anulado no puede ser tomado en cuenta, además de no haberse dado a conocer en las etapas procesales correspondientes, tal como lo establece el art. 57 del CPT, por lo que no puede usarse un documento que no cumplió con los principios de preclusión, que al haber sido usado se vulneró el derecho al debido proceso, realizándose una incorrecta interpretación de la ley