Auto Supremo AS/0195/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2020

Fecha: 09-Mar-2020

debe este Tribunal asumir una posición anulatoria, cumpliendo con la obligación de garantizar y velar

En consecuencia, conforme a lo establecido en el art. 106-I y II del CPC-2013, en concordancia con el art. 220 parágrafo III núm. 1 inc. c); y lo señalado precedentemente,
debe este Tribunal asumir una posición anulatoria, cumpliendo con la obligación de garantizar y velar por una administración de justicia sin vicios y respetando los derechos consagrados por la norma suprema en la tramitación de los procesos