Auto Supremo AS/0285/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0285/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través de


II.3 Auto de Vista

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través de Auto de Vista 84/2018 de 28 de septiembre, declaró admisible el recurso de apelación restringida presentada por el imputado al haberse presentado dentro del plazo de Ley; asimismo, improcedentes las cuestiones planteadas, en cuya virtud confirmó la Sentencia impugnada. El argumento de esta determinación es expuesto a continuación:
En cuanto a la supuesta falta de celebración de la audiencia de lectura de sentencia, que no se habrían cumplido los plazos para tomar juramento a los jueces en un solo acto además del supuesto incumplimiento de los plazos previstos para el juicio oral o principio de continuidad, todos los agravios se referían al incumplimiento de plazos procesales y esos reclamos debían ser analizados teniendo en cuenta los principios que rigen en materia penal, entre ellos, el principio de trascendencia, citando al efecto el Auto Supremo 73/2012 que establece la doctrina que no puede haber nulidad sin perjuicio, en el mismo sentido los Autos Supremos 26/2012 de 15 de febrero y 640/2014 RRC de 13 de noviembre, no basta la nulidad por la nulidad ante el incumplimiento de los plazos procesales, sino que debe demostrarse y fundamentarse el grado de trascendencia del agravio y las consecuencias inmediatas de ésta será la responsabilidad administrativa en contra del Magistrado que hubiere entrado en retardación de actuaciones jurisdiccionales y no así la nulidad de lo actuado que además denotaría un perjuicio innecesario a las partes