Auto Supremo AS/0298/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Por su parte, la Sentencia en su acápite VI


Por su parte, la Sentencia en su acápite VI.B referido a la Fijación de la Pena señala que, habiendo establecido que Bernardino Choquecallata Villca cometió el delito de Abandono de Mujer Embarazada, previsto en el art. “260” con relación al art. 20 del CP, el A quo concluyó que el acusado no tiene antecedentes penales o judiciales de ninguna naturaleza; empero, no sería la primera vez que afronta un proceso penal ya que anteriormente habría sido investigado juntamente a Jhovana Bletrán Gutiérrez, por la presunta comisión del delito de Asesinato, denotando que tenía conocimiento de las consecuencias del hecho de abandonar a su pareja que llevaba dentro de su ser a un descendiente directo, máxime si cuando esta le pidió ayuda el acusado le contestó “me das asco, para que me sirves, para que te embarazas”, por lo cual se concluyó que la pena a imponerse debe acercarse al máximo legal establecido en la agravación del delito, justificando la imposición de “quince años de privación de libertad”, para luego en la parte resolutiva condenarlo a cuatro años y cinco meses de reclusión a cumplirse en el Centro Penitenciario “San Pedro” de la ciudad de Oruro, sin perjuicio de computarse el tiempo que estuvo detenido preventivamente incluso en sede policial