Auto Supremo AS/0298/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Regístrese, hágase saber y devuélvase


Por los argumentos expuestos por el Auto de Vista esta Sala Penal concluye que el Tribunal de alzada explicó y justificó de manera fundada y completa sobre las denuncias planteadas referentes a una errónea calificación de la pena en el ámbito de las normas sustantivas penales al acoger dichas denuncias realizando una revisión de todo el contenido de la Sentencia respecto de estas dos denuncias y asignar un análisis y verificación de su contenido bajo su deber de control de legalidad y logicidad, siempre con base a lo previsto en el art. 124 y 398 del CPP; en consecuencia, por los argumentos del recurso de apelación planteado no resulta evidente que el Tribunal de alzada haya aplicado de manera errónea la normativa señalada y mucho menos haya incurrido en contradicción con la doctrina legal establecida en los precedentes invocados y el Auto Supremo 783/2018-RRC de 30 de agosto, emitido en este proceso; por lo que, con base a los aspectos argumentados se observa que el Auto de Vista contiene la debida fundamentación determinando que el presente recurso resulte infundado.

POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Bernardino Choquecallata Villca, de fs. 297 a 305 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase