Auto Supremo AS/0239/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Concluyendo el análisis del caso, esta SCP refirió: “Consecuentemente, y como ya se mencionó precedentemente,

Concluyendo el análisis del caso, esta SCP refirió: “Consecuentemente, y como ya se mencionó precedentemente, cuando se denuncie restricción o supresión ilegal o indebida de los derechos fundamentales y garantías constitucionales por acciones u omisiones de las autoridades públicas o de particulares, está prevista la acción de amparo constitucional como medio idóneo e inmediato para restituirlos, la misma no puede ser sustituida por la acción de cumplimiento; habiéndose verificado en el caso que se analiza los trabajadores del Sindicato de Avance de Obra del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, alegan una supuesta lesión de su derecho al trabajo, que no fue el resultado de la omisión en el cumplimiento de un deber imperativo impuesto a la Alcaldesa demandada; lo que correspondía en todo caso, ante la supuesta violación de sus derechos era la presentación de la acción de amparo constitucional; determinándose en consecuencia que, el asunto objeto de análisis se encuentra previsto dentro de las causales de improcedencia de esta acción constitucional, establecidas en el art. 66.4 del CPCo” (las negrillas son añadidas)