En cuanto a la SCP 0112/2014-S2 de 10 de noviembre, mencionada por el Tribunal de
En cuanto a la SCP 0112/2014-S2 de 10 de noviembre, mencionada por el Tribunal de alzada; debe tenerse en cuenta que, éste fallo constitucional es producto de una acción de cumplimiento, interpuesta por trabajadores de avance de obra, contra el GAM de Oruro, con la intención de que se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 321 de 18 de diciembre de 2012; fallo que tiene como resultado la denegación de la tutela solicita; sin embargo, lo que no se hace notar el Auto de Vista recurrido, es que, se denegó la tutela en razón a la existencia de otra acción de cumplimento, con los mismos accionantes, contra la misma entidad demandada, y con el mismo objeto; habiéndose emitido ya una determinación al respecto en la SCP 1459/2014 de 16 de julio; en ese entendido la denegación de la resolución constitucional en la que basa parte de su fundamento el Auto de Vista, no desconoce el derecho de los accionantes, sino que se deniega la tutela, ante la existencia de un caso igualdad de sujetos y objeto, que ya fue resuelto, y cuenta con un fallo constitucional
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, Edgar Rafael Bazán Ortega, Alcalde del GAM de Oruro, interpuso
- Contra el indicado Auto de Vista, el demandante Avelino Vicente Huanca, formuló recurso de casación,
- No se tomó en cuenta, en la emisión del Auto de Vista, que el trabajo
- El DS Nº 110 de 1 de mayo de 2009, en su art
- Petitorio
- Contestación
- Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 24 de octubre de 2019
- Admisión del recurso de casación
- El Tribunal de apelación por Auto Nº 163/2019 de 8 de noviembre, de fs
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Pero, estas acusaciones o infracciones, plateadas en el recurso de casación, deben estar relacionadas con
- En el caso, el actor en el recurso de casación, señala que la relación de
- De igual manera, en cuanto a la vulneración del principio de inversión de la prueba,
- Respecto al reclamo del recurso de casación, relacionado con la procedencia del pago de indemnización
- Decreto Supremo, que en las consideraciones para su promulgación señala: “Que el desgaste físico y
- Por su parte, la Ley N° 321 de 18 de diciembre de 2012, en su
- En ese entendido, el actor por haber tenido una función de servicio manual, se encuentra
- En ese sentido, conforme al actual escenario constitucional instaurado, en materia laboral existen principios que
- Conforme lo señalado y dentro del principio protector, se encuentra la “condición más beneficiosa” para
- Por lo que, si bien el actor empezó la relación laboral el 7 de febrero
- Pero, dicho pago sólo es procedente, desde la vigencia de la indicada Ley; es decir,
- En cuanto a la SCP 0112/2014-S2 de 10 de noviembre, mencionada por el Tribunal de
- Así, lo sostiene la indicada SCP 0112/2014-S2 de 10 de noviembre, que señaló: “De los
- Ahora, en este análisis, surge la SCP 1459/2014 de 16 de julio, emitida producto de
- Concluyendo el análisis del caso, esta SCP refirió: “Consecuentemente, y como ya se mencionó precedentemente,
- Disponiendo en la parte resolutiva del fallo constitucional: “…en consecuencia, DENEGAR la acción de cumplimiento
- Diciembre 2012 (13 días); 3 años por las gestiones 2013, 2014 y 2015; y, enero
- Sin costas. Sin multa, por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase. -
