Auto Supremo AS/0272/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Conforme lo expuesto, la Autonomía Universitaria consagrada por la CPE, deberá ser ejercida dentro del

Conforme lo expuesto, la Autonomía Universitaria consagrada por la CPE, deberá ser ejercida dentro del marco del respeto y garantías a los derechos constitucionales que, al tenor de su art. 109, se definen como “directamente aplicables” y, siendo así, los argumentos traídos por la Universidad recurrente, resultan infundados, conforme la normativa constitucional, transcrita en el párrafo precedente; consecuentemente, tampoco se advierte una indebida aplicación de los arts. 228, 230 y 234 del Estatuto Orgánico, arts. 1, 11, 12 y 16 del Reglamento de Admisión de la UAJMS, y Sentencias constitucionales citadas por la entidad recurrente