Auto Supremo AS/0272/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Recurso de casación de Elizabeth María Soruco Velásquez

Por tanto, se concluye que el Auto de Vista recurrido, no transgredió el art. 52 de la LGT, art. 39 del RLGT, art. 6 del DS. N° 28699 y art. 3 inc. g) del CPT, por el contrario, se ajusta a las disposiciones legales en vigencia, por ello, corresponde resolverlo conforme previene el artículo 220.II del Código Procesal Civil, aplicable por permisión de la norma remisiva contenida en el artículo 252 del Código Procesal del Trabajo.
Recurso de casación de Elizabeth María Soruco Velásquez:
En relación a que la Juez de instancia y el Tribunal de alzada incurrieron en error en el cálculo final del cobro, porque el monto pagable de los últimos tres meses (mayo, junio y julio 2013) es de Bs. 4.915 y no el determinado de Bs. 1.200.
Al respecto, de la revisión del memorial de demanda de fs. 37 a 40, se establece que, la demandante solicitó el pago de lo adeudado por la Universidad de la gestión 2007 a febrero de 2013