Doctrina aplicable al caso
Por Auto Supremo de 21 de noviembre de 2019 de fs. 472, este Tribunal, admitió los recursos de casación de fondo de fs. 419 a 425 y 455 a 458, interpuestas por UAJMS representada legalmente por Freddy Gonzalo Gandarillas Martínez y la demandante Elizabeth María Soruco Velásquez, contra el Auto de Vista N° 162/2019 de 21 de octubre, correspondiendo considerar y resolver el recurso impetrado.
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO:
En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada, se realiza una interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas ordinarias aplicables al caso concreto; en ese marco caben las siguientes consideraciones de orden legal:
Doctrina aplicable al caso:
En primer lugar, corresponde advertir que los trabajadores Universitarios, se encuentran amparados por las previsiones de la Ley General del Trabajo y normas conexas, en cumplimiento del DS Nº 08162 de 28 de noviembre de 1967, por consiguiente, no existe duda de la competencia de la judicatura laboral para resolver la controversia traída a colación en el presente proceso
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO:
En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada, se realiza una interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas ordinarias aplicables al caso concreto; en ese marco caben las siguientes consideraciones de orden legal:
Doctrina aplicable al caso:
En primer lugar, corresponde advertir que los trabajadores Universitarios, se encuentran amparados por las previsiones de la Ley General del Trabajo y normas conexas, en cumplimiento del DS Nº 08162 de 28 de noviembre de 1967, por consiguiente, no existe duda de la competencia de la judicatura laboral para resolver la controversia traída a colación en el presente proceso
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Interpuesto los recursos de apelación por la Universidad Juan Misael Saracho de fs
- Contra el Auto de Vista la Universidad demandada, formuló recurso de casación en el fondo,
- Expresó que existe una incorrecta interpretación del art
- Petitorio
- Recurso de casación interpuesto por Elizabeth María Soruco Velásquez
- Contestación al recurso de casación
- La Universidad Autónoma Juan Misael Saracho, se ratificó en los argumentos y fundamentos expuestos al
- Auto de Admisión de los recursos
- Doctrina aplicable al caso
- Respecto del reconocimiento de los derechos de los trabajadores, se debe aplicar el principio proteccionista
- Por otra parte, respecto de los contratos de trabajo pactados sucesivamente por un lapso menor
- Al respecto, el art
- De lo anterior, se establece que, si bien la norma constitucional citada consagra la Autonomía
- Instituyendo asimismo como un deber fundamental el de “Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución
- Conforme lo expuesto, la Autonomía Universitaria consagrada por la CPE, deberá ser ejercida dentro del
- Si bien el Reglamento Docente de la Universidad establece la modalidad de designación de los
- Por otro lado, la Ley General del Trabajo en el artículo 21º expresa: “En los
- Así también el art
- Ahora bien, en relación a que no correspondería el pago de los sueldos devengados, por
- Recurso de casación de Elizabeth María Soruco Velásquez
- Conforme a los argumentos señalados, corresponde a este Tribunal Supremo, dar aplicación a lo establecido
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
