Auto Supremo AS/0275/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2020

Fecha: 27-Jul-2020

El art

El art. 4 del RGLT, señala: No se consideran “empleados” para los efectos de la ley y su Reglamento; a) a los que presten servicios desde sus domicilios y oficinas, sin concurrir cotidianamente a las del patrono; b) a aquellos cuyo servicio sean discontinuos”