Auto Supremo AS/0275/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Petitorio

Por ultimo señaló que debió aplicarse el art. 4 del Reglamento de la Ley General del Trabajo (RLGT) y art. 36 de la Ley General del Trabajo (LGT) modificada por la Ley N° 2450 de 9 de abril de 2003, siendo un elemento fundamental para la determinación de la relación obrero patronal, la continuidad y unidad, determinándose que en el presente caso no existió la relación laboral.
Petitorio:
Concluyó el memorial solicitando que este Tribunal Supremo, case el auto de Vista recurrido por falta de valoración o valoración objetiva de la prueba y aplicación indebida de la ley.
Contestación al recurso:
La demandante señaló que, el recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte perdidosa, no cumplió con lo establecido por el numeral 3) del art. 274 del Código Procesal Civil (CPC-2013), siendo el memorial dilatorio en la cancelación de los beneficios sociales y derechos laborales, los cuales son irrenunciables al sentir del art. 48 de la Constitución Política del Estado (CPE); resultando improcedente el recurso de casación.
El proceso dio cumplimiento a los arts. 3 inc. f y h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo (CPT), art. 48-II de la CPE y arts. 4 y 6 del Decreto Supremo (DS) N° 28699; a ese fin citó los Autos Supremos N° 585 de 9 de noviembre de 2010, 213 de 5 de julio de 2011, 290 de 5 de junio de 2013, 304 de 5 de junio de 2013 y 69/2016 de 7 de abril