VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por el Club “The Strongest”, mediante su representante, cursante
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 302/2020
Sucre, 9 de julio de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 29/2020
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por el Club “The Strongest”, mediante su representante, cursante de fs. 536 a 540, contra el Auto de Vista Nº 104/2019 de 30 de agosto, cursante de fs. 517 a 520 y vta., emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso laboral interpuesto por Marcelo Ernesto Torrico Terán y otro, contra el Club “The Strongest”, la resolución que concede el referido medio de impugnación, cursante a fs. 546, el Auto Nº 29/2020-A, de 30 de enero de fs. 554 y vta., mediante el cual se admite el mismo, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 302/2020
Sucre, 9 de julio de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 29/2020
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por el Club “The Strongest”, mediante su representante, cursante de fs. 536 a 540, contra el Auto de Vista Nº 104/2019 de 30 de agosto, cursante de fs. 517 a 520 y vta., emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso laboral interpuesto por Marcelo Ernesto Torrico Terán y otro, contra el Club “The Strongest”, la resolución que concede el referido medio de impugnación, cursante a fs. 546, el Auto Nº 29/2020-A, de 30 de enero de fs. 554 y vta., mediante el cual se admite el mismo, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
- VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por el Club “The Strongest”, mediante su representante, cursante
- Marcelo Ernesto Torríco Teran y Nestor Oscar Craviotto (este último mediante su apoderado), por escrito
- Tiempo de trabajo: 9 meses y 9 días
- TOTAL:$us.98.962,48
- b) La autoridad judicial, mediante Auto Interlocutorio Nº 054/2015 de 9 de julio, cursante de
- El Club “The Strongest”, mediante su representante, nuevamente interpone –esta vez contra el escrito de
- Por su parte los dos demandantes, con la finalidad de dar cumplimiento al Auto Interlocutorio
- La autoridad judicial de primera instancia, mediante Auto Interlocutorio Nº 024/2016, de 6 de abril,
- Ingreso: 1º de julio de 2014, hasta el 9 de abril de 2015
- Tiempo de trabajo: 9 meses y 8 días
- I.3. Auto de Vista
- “Monto que deberá ser cancelado en ejecución de fallos, previo comprobante de pago ante la
- I.4. Motivos del recurso de casación
- II.1. Naturaleza jurídica del derecho laboral
- El art
- II.2. En relación a la prueba en materia laboral y su valoración
- Respecto a la valoración de la prueba en materia laboral, no se activa el principio
- Desde el punto de vista fáctico, el Testimonio de Poder Nº 20/2014, cursante a fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar.
