Auto Supremo AS/0311/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2020

Fecha: 14-Jul-2020

En relación a acusación que el Auto de Vista incurre en error de hecho y

SEGUNDO RECURSO.- EN EL FONDO
En relación a acusación que el Auto de Vista incurre en error de hecho y de derecho en la apreciación y valoración de las pruebas cursantes a fs. 15 a 17, 43, 344 y 346. Al respecto, si bien a fs. 15 a 24 vta., cursa una Escritura Pública N° 1862/2012 de 11 de diciembre, suscrito ante Notaria de Fe Pública N° 13 a cargo de Maria Rosario Foronda de Trigo, de Acuerdo Transaccional definitivo que suscriben Leonidas Maria Rosa Vargas de Balderrama y Cecilio Balderrama Velásquez por una parte y por otra José Vargas Crespo, Carolina García Vossio, Jenny Lorena Vargas Garcia y José Dennis Vargas Garcia, por el cual se determina dividir el patrimonio de la Corporación Educativa “Kanata” SRL., y en compensación económica por la diferencia de los lotes y por la diferencia entre uno y otro lote, los señores Vargas García debían efectuar una compensación económica de $us. 280.000.- en favor de los señores Vargas Balderrama. Sin embargo, el comprobante de pago cursante a fs. 43, es claro y preciso al señalar que el pago que se realiza en la suma de Bs. 43.055.- corresponde a: “Pago de beneficios sociales por concepto de: Indemnización por tiempo de servicios correspondiente a 11 años, sueldo promedio indemnizable Bs. 4.038 (…)” (sic), por lo que no es evidente la acusación que se incurrió en error de hecho y de derecho en la valoración de las citadas pruebas