Auto Supremo AS/0311/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2020

Fecha: 14-Jul-2020

En relación a la infracción del art

Respecto a la violación del art. 180 de la CPE, en relación a la verdad material, como se señaló en el párrafo precedente, el comprobante de pago y el pago efectuado mediante depósito N° 569559, guardan relación en el monto y la fecha, por lo que no es evidente que el citado pago se haya efectuado en virtud del acuerdo transaccional citado línea arriba.
En relación a la infracción del art. 48 II y III de la CPE y 4 de la LGT, si bien establece que las normas laborales se interpretan y aplican bajo los principios de protección a las trabajadoras y trabajadores, como ya fuera señalado líneas arriba en la presente Resolución, ello no significa que se vulnere o se desconozca los derechos del empleador