Auto Supremo AS/0329/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2020

Fecha: 27-Jul-2020

En cuanto al recurso de casación en el fondo de la beneficiaria Viviana Condori Flores

En el caso, se verifica que al presentar la beneficiaria su documentación, no incurrió en error, ni se debió a datos, declaraciones o documentos fraudulentos, y el SENASIR al determinar la existencia de cobros indebidos no cumplió con la carga legal de demostrar que la renta otorgada, sea el resultado de documentos, datos o declaraciones fraudulentas proporcionadas por la asegurada, única circunstancia, que conforme señala la normativa citada, que hace posible exigir la devolución total de las cantidades indebidamente entregadas, porque la solicitante de una renta sólo se limita a presentar la documentación requerida para solicitar la otorgación de rentas; en ese entendido, en aplicación del art. 477 del RCSS, que indica claramente “La revisión que revocare la prestación concedida o redujere su monto, no surtirá efecto retroactivo respecto a las mensualidades pagadas”.
No siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo interpuesto por el SENASIR; correspondiendo resolver conforme prescribe el art. 220-II del CPC-2013, aplicable por la remisión contenida en los arts. 633 del RCSS y 15 del MPRCPA.
En cuanto al recurso de casación en el fondo de la beneficiaria Viviana Condori Flores vda. de Fernández