Auto Supremo AS/0329/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2020

Fecha: 27-Jul-2020

En ese orden, de la revisión del compilado normativo constitucional señalado, se evidencia que el

En ese orden, de la revisión del compilado normativo constitucional señalado, se evidencia que el art. 45 referido a los derechos a la seguridad social, inmerso en el Capítulo Quinto de la Primera Parte denominado Derechos Sociales y Económicos, en la Sección II, dispone que todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social, agregando a continuación que ésta se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia, y tanto su dirección como su administración corresponde al Estado, con control y participación social; y, que el régimen de seguridad social cubre atención por muerte