Auto Supremo AS/0347/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

El Auto de Vista sostiene que el sistema procesal penal reconoce a través del art


El Auto de Vista sostiene que el sistema procesal penal reconoce a través del art. 180.I de la CPE el principio de la verdad material, que conlleva la prevalencia del conocimiento de los hechos sobre las formas, aspecto que estuviera sustentado por el Auto Supremo 64 de 11 de marzo de 2013; así también señala que si bien el procedimiento penal establece un conjunto de reglas relativas a los medios de prueba en los arts. del 171 al 220 del CPP, se debe tener en cuenta que el art. 333 del CPP establece que en el juicio oral se podrán incorporar por su lectura y entre otras las pruebas que se hayan recibido conforme las reglas de anticipo de la prueba; no es menos cierto que, privilegiando los principios de verdad material y de valoración integral de las pruebas que obliga al juez a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial producida en el juicio en los términos previstos en el art. 173 del CPP; al respecto, el Tribunal de alzada señala que al resolver la apelación la denuncia relativa a la concurrencia del defecto de la Sentencia porque la misma se hubiera basado en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio, debe considerar que la prueba cuestionada o endilgada de espuria es esencial o decisiva para el fallo y si prescindiendo de los elementos probatorios que proporciona, se establecería la verdad material del conjunto de los demás elementos de la prueba de cargo, como de descargo proporcionados por la actividad probatoria de las partes; en consecuencia, al tenerse en cuenta todos los motivos expuestos el Tribunal de alzada establece la necesidad de anular la Sentencia