Auto Supremo AS/0347/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

“En cuanto a los Autos Supremos 174/2013 de 29 de junio y 311/2015-RRC, que fueron


Con relación al primer motivo, el recurrente reclama que el Auto de Vista al resolver el primer agravio referido a la vulneración de la garantía constitucional del debido proceso por inexistente fundamentación y motivación de la Sentencia planteado por el Ministerio Público, omitió efectuar el juicio de admisibilidad sin observar que el motivo en cuestión no expresó cuál la aplicación que pretendí y de qué manera debía resolverse el agravio; sin embargo, el Tribunal de alzada ingresó a resolver el fondo, declarándolo con lugar, hecho que vulnera su derecho al debido proceso en su componente derecho a la tutela judicial efectiva e igualdad, constituyendo defecto absoluto inconvalidable y generando la contradicción con los precedentes invocados. Al respecto, corresponde verificar la doctrina legal de las resoluciones invocadas a efectos de corroborar la veracidad o no lo denunciado:

Auto Supremo 276/2017-RRC de 18 de abril:

“En cuanto a los Autos Supremos 174/2013 de 29 de junio y 311/2015-RRC, que fueron dictados dentro de causas penales seguidas por los delitos de  Difamación, Calumnia, Injuria; y, Homicidio, respectivamente, este Tribunal, constató que los Autos de Vista que fueron entonces analizados, entre otros motivos (el segundo Auto Supremo), incumplieron su obligación de efectuar el juicio de admisibilidad conforme lo establecen los artículos 407, 408 y 399 del  CPP, que les aperture su competencia para emitir una resolución justa y acorde a la expresión clara de lo pretendido por las partes y no sobre deducciones propias, a cuyo efecto, se dictó el siguiente razonamiento doctrinal, que es similar en ambas, por lo que, únicamente se transcribirá la correspondiente al Auto Supremo 174/2013:

`A tiempo de interponer un recurso, es obligación del recurrente cumplir los requisitos formales, que son a la vez que un instrumento, un filtro que evita que un instituto procesal concebido para proveer justicia se desnaturalice y se convierta en un medio dilatorio del proceso