Auto Supremo AS/0347/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

En relación al segundo análisis del Tribunal de apelación, en sentido que el acusado al manejar la sociedad


En relación al segundo análisis del Tribunal de apelación, en sentido que el acusado al manejar la sociedad tenía la obligación de rendir cuentas de las ganancias de la empresa, `…en ese entendimiento mantuvo en su poder dineros que pertenecen a la sociedad y no a él de manera personal o privativa cuyo monto es factible de determinarse a posteriori´ (sic), y más allá que este motivo tampoco fue reclamado en la apelación restringida del querellante, incurrió en una vulneración del art. 398 del CPP, al referirse a aspectos que no fueron pedidos, ingresando a revalorizar la prueba lo cual le está prohibido, así lo establece la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 277 de 13 de agosto de 2008; toda vez que, la juzgadora a contrario del Tribunal de alzada determinó que no se demostró que el imputado manejaba dineros que tenía la obligación de devolver y que se necesitaba una auditoría para determinar respecto al manejo del dinero de los años cuestionados, más aun cuando había una duplicidad de gerentes que tenían poder para el manejo de la empresa (imputado y acusador), habiendo sido demostrado que el querellante sí recibió dinero y que obstaculizó para el arreglo y dialogo entre los socios de la empresa; esto hace ver que el Tribunal de alzada incurrió en una vulneración del derecho al debido proceso, al haber otorgado nuevo valor a la pruebas, constatándose la contradicción entre la resolución impugnada con los Autos Supremos invocados como contrarios”