Auto Supremo AS/0347/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2020

Fecha: 27-Jul-2020

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo

Por lo anotado precedentemente, se concluye que el Auto de Vista recurrido de casación, no contiene la vulneración normativa denunciada, así como tampoco la indebida aplicación o interpretación acusada; al contrario, se observa que el mismo se acomoda a lo previsto en las disposiciones legales y principio que rigen esta materia, por lo que corresponde dar aplicación a lo dispuesto en el art. 220-II del CPC-2013, con la permisión de la norma remisiva contenida en el at. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT).
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 78 a 80, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado por Luis Gatty Ribeiro Roca, por intermedio de Alex Jorge Sánchez Iraisoz, Mateo Cussi Chapi, impugnando el Auto de Vista Nº 288/19 de 21 de octubre, de fs. 71 a 74, emitido por la Sala Civil, Social, Familiar, de la Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; sin costas, en aplicación de los arts. 39 de la Ley N° 1178 y 53 del DS N° 23215 de 22 de junio de 1992