Auto Supremo AS/0412/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2020

Fecha: 22-Jul-2020

A su vez el art

a) En relación a estos argumentos, corresponde tener en cuenta que la inamovilidad laboral por paternidad, está prevista en el art. 48.IV de la Constitución, que dispone: “Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad”
A su vez el art. 49.II de la norma fundamental en forma taxativa refiere: “La ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos… (…)…; reincorporación y otros derechos sociales”