Auto Supremo AS/0337/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2020

Fecha: 04-Sep-2020

Haciendo referencia al tercer párrafo del Considerando de la Sentencia y el punto III

Haciendo referencia al tercer párrafo del Considerando de la Sentencia y el punto III.2. del Considerando II del Auto de Vista, mencionó que las autoridades de instancia no tomaron en cuenta que la letra de cambio N° 073463, al no ser protestada y cobrada en su oportunidad, perdió su condición de titilo ejecutivo convirtiéndose en una simple prueba escrita de deuda, la cual, para ser admitida como prueba de la obligación, debió ser reconocida en sus firmas y rubricas, aspecto que planteó en su memorial de contestación negativa de la demanda y de ampliación de fundamentos, por lo que debió rechazarse in limine la demanda, toda vez que el documento además de carecer de reconocimiento de firmas, no cumple con lo dispuesto en los arts. 452 y 1297 del CC y 587 del CCom