“El debido proceso, reconocido por la Constitución Política del Estado (CPE), como derecho, garantía y
Estos entendimientos fueron asumidos por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, y concretamente refiriéndonos a las formas de incongruencia entre lo demandado y lo resuelto por los Tribunales de alzada, se emitió entre otros el Auto Supremo 701/2015-RRC-L de 25 de septiembre, en el que se expresó:
“El debido proceso, reconocido por la Constitución Política del Estado (CPE), como derecho, garantía y principio en sus arts. 115.II, 117.I y 180.I de la CPE, garantiza a todo sujeto procesal, tener acceso a un pronunciamiento motivado y fundamentado, sobre todos los motivos alegados en cualquier recurso que la ley prevé, hecho conocido también como el principio de `congruencia´, que en términos simples significa la correlación que debe existir entre lo demandado y lo resuelto, y el cual está reconocido en nuestra Ley del Órgano Judicial (Ley 025) en su art. 17.II que estipula `En grado de apelación, casación o nulidad, los tribunales deberán pronunciarse sólo sobre aquellos aspectos solicitados en los recursos interpuestos´, así como también por el art. 398 del CPP estipula `Los tribunales de alzada circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución´
- Por memorial presentado el 25 de octubre de 2019, cursante de fs
- La Sala, en conocimiento del citado recurso, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto Supremo
- II.1. Acusaciones y homologación de acuerdo
- El representante del Ministerio Público y la acusadora particular Vicenta Rosario Portugal Pérez formularon acusación
- El 26 de abril de 2018, el Tribunal de Sentencia Cuarto de la ciudad de
- Por memorial corriente de fs
- Señala como defecto de la sentencia, la inobservancia errónea de la Ley sustantiva, el procesado
- II
- En el presente caso, los recurrentes denuncian que el Auto de Vista recurrido, violó el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia a través del recurso de casación tiene
- El hecho similar debe ser identificado en los fundamentos jurídicos en los que el Tribunal
- El art
- El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
- Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum
- “El debido proceso, reconocido por la Constitución Política del Estado (CPE), como derecho, garantía y
- Primero
- En primer lugar, en cuanto a la denuncia de que el imputado en su recurso
- Evidenciándose, que el imputado a tiempo de observar la declaración del testigo Ruperto Alcoba Gutiérrez,
- Sin embargo, tomando en cuenta que la víctima argumentó que el fundamento del Tribunal de
- Así revisada el acta de juicio oral, se tiene que a fs
- Estableciéndose, que el Tribunal de alzada no hizo un correcto control de legalidad de la
- De la revisión minuciosa del Auto de Vista impugnado, se establece que el Tribunal de
- El noveno motivo incluido por el Tribunal de alzada, está referido a hechos acontecidos en
- Argumento del Tribunal de alzada que nuevamente incurre en error, conforme a los argumentos expuestos
- Asimismo, corresponde expresar, que los fundamentos que las partes exponen en audiencia de fundamentación complementaria
- En cuanto a este último motivo, al establecerse en el mismo la supuesta existencia de
- Los recurrentes consideran que el Tribunal de apelación incurrió en contradicción con el Auto Supremo
- A efecto de precisar la contradicción denunciada, se puede establecer del fundamento del recurso de
- La doctrina legal en el Auto Supremo 164/2016-RRC de 21 de abril, hace referencia a
- A los fines de introducir el análisis respectivo, debe partirse del hecho de que
- Procesalmente tal criterio adquiere solidez teniendo en cuenta la competencia de pronunciamiento en apelación restringida,
- En relación al caso, si bien puede advertirse la poca claridad del agravio formulado por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
