Auto Supremo AS/0061/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2021

Fecha: 27-Ene-2021

ANTECEDENTES DEL PROCESO

La Juez de Público Civil y Comercial Nº 5 del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, pronunció la Sentencia Nº 126/2018 de 11 de octubre cursante de fs. 725 a 726 vta., y su Auto complementario a fs. 731, por la que declaró: PROBADA en todas sus partes la demanda principal de usucapión interpuesta por Fanny Veracruz Rodríguez Vera.

Resolución de primera instancia que fue apelada por Carlos Andrés Parada Suarez a través de su representante legal, mediante escrito cursante de fs. 734 a 737, a cuyo efecto la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, mediante el Auto de Vista Nº 275/2019 de 02 de septiembre, obrante de fs. 1094 a 1097, REVOCÓ totalmente la Sentencia antes mencionada, en su lugar dispuso declarar IMPROBADA la demanda de usucapión decenal, argumentando que si bien la recurrente, a través de sus medios probatorios ha demostrado la existencia del elemento corpus sobre el bien objeto de la litis, empero no ha demostrado la existencia del animus, por cuanto no señala cuales serían las construcciones o mejoras existentes para que el juzgador pueda tener un punto de partida y determinar con meridiana claridad cual o cuales fueron aquellas mejoras aducidas y desde cuando fueron introducidas por la recurrente, pues no existe indicios que permitan determinar que la demandante introdujo algún tipo de mejoras, al margen de aquellos introducidos por Gueiza Rodríguez.

Contra la referida resolución, la parte recurrente interpuso acción de amparo constitucional, la cual fue resuelta mediante la Resolución Constitucional Nº 061/2020 de 02 de diciembre, donde el Tribunal de garantías concedió la tutela impetrada y en ese marco dispuso que este Tribunal ingrese a considerar nuevamente el referido recurso de casación.