FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Los agravios denunciados por las demandantes representadas por Rodolfo Roca Céspedes, se enfocan a lo largo del recurso de casación en observar la ubicación del inmueble, dado que el recibo de 03 de noviembre de 2004 (fs. 229), objetivamente acreditaría la situación física, la individualización, la ubicación exacta, la superficie y las colindancias del inmueble objeto de la venta en la UV 01, manzana 53, lote 07 y una superficie de 500 m2; sin embargo, la resolución recurrida otorgaría fuerza probatoria al inmueble objeto de la litis, ubicado en la UV 01, manzana 56, lote 09 y una superficie de 484,44 m2., lo que modificaría el contenido objetivo de la litis.
Las hermanas Daniela y Paulina Ricco Quiroga, representadas por Rodolfo Roca Céspedes, plantearon acción reivindicatoria del inmueble ubicado en la Zona Norte, UV.01, manzana 56, lote 09, con una superficie de 500 m2, bien registrado en DDRR bajo la Matricula 7.03.1.01.005928; por su parte, Olga Pérez Vaca, planteó acción reconvencional por usucapión decenal del inmueble ubicado en barrio el Chiquitano, Av. My. Aurelio Roca Lladó, Zona Norte, UV.01, manzana 56, lote 09, con una superficie de 500 m2 según título y 470 m2 según mensura, bien registrado en DDRR bajo la Matricula 7.03.1.01.005928.
- VISTOS:
- 1.
- a.
- b.
- c.
- d.
- 2.
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- (i)
- a.Violación del principio de prevalencia del derecho sustancial.
- 2.Aplicación indebida del art. 1297 del Código Civil.
- a.Aplicación indebida del principio de verdad material en la valoración de la prueba.
- 3.Error de derecho y error de hecho en la apreciación de la prueba.
- a.Error de derecho en la apreciación de la prueba.
- b.Error de hecho en la apreciación de la prueba.
- 4.Aplicación indebida del art. 138 del Código Civil.
- la función jurisdiccional del órgano de revisión en doble instancia se ve contenido a lo formulado en la apelación por el impugnante
- El
- todo Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación,
- 2.Sobre el principio dispositivo.
- 3.Sobre el principio de unidad de la prueba.
- 4.Sobre la usucapión decenal o extraordinaria y sus requisitos.
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- ii.
- 2.En cuanto a la aplicación indebida del art. 1297 del Código Civil.
- sin merecer observación alguna respecto a la ubicación del bien
- Error de derecho en la apreciación de la prueba.
- especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos
- POR TANTO
