Auto Supremo AS/0470/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2021

Fecha: 26-May-2021

2) Posesión

2) Posesión, el elemento esencial en este tipo de acción -usucapión- es la posesión, que, de acuerdo a lo establecido en el art. 87 del Código Civil, consiste en el poder de hecho que se ejerce sobre una cosa mediante actos que denotan la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad; sin embargo, para que esta -posesión- sea considerada útil a efectos de lograr la usucapión, al margen de estar constituida de sus dos elementos corpus possessionis y ánimus possidendi, conforme a lo establecido y desarrollado por la doctrina como por la jurisprudencia ordinaria como constitucional, esta debe ser contínua, es decir, debe ser ejercida de manera sucesiva y permanente, pues, lo contrario conlleva la suspensión, interrupción o pérdida de la posesión; de igual forma, debe ser pública, por lo tanto debe ser ejercida frente a la sociedad, donde el corpus y el animus se manifiesten públicamente; y, también dese ser pacífica, lo que significa que no debe mediar violencia para adquirir o mantener la posesión, por lo que el poder de hecho que se ejerce sobre la cosa no debe ser conservada por la fuerza o violencia, ya que no es viable admitir un estado de hecho violento sobre el cual se pretenda fundar un derecho.