Sentencia SE/0015/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0015/2016

Fecha: 10-Mar-2016

Con relación a la errada sanción de dos casos totalmente diferentes en un solo proceso

Con relación a la errada sanción de dos casos totalmente diferentes en un solo proceso y en una sola resolución, sostuvo que DAB denunció que en los dos casos expuestos, la resolución ahora recurrida, resolvió equivocadamente y de forma general, al declarar el abandono tácito o de hecho “la mercancía” descritas los Partes de Recepción Nos. 201 2011 121507, 201 2011 123989 y 201 2011 148765, los tres en el único Documento de Embarque WZAA95W00, correspondiente al Portacontenedor TEREX, así como también se declaró el mismo abandono de mercancías de otra maquinaria distinta, que ingresó a Depósitos Aduaneros con Parte de Recepción Nº 201 2011 341501 de 28/08/2011, correspondiente al monta carga marca Hyster, confundiendo ambas maquinarias, como si fueran una sola, advirtiéndose de forma errada y sin que exista ninguna similitud o motivo legal que justifique la unificación de ambos casos, la Administración de Aduana Interior La Paz, procedió arbitrariamente a tramitar en un solo proceso y a resolver en la única Resolución de declaratoria de Abandono AN-GRLPZ-LAPLI/404/2014, el errado abandono tácito de todos los partes de recepción de ambas maquinarias, cuando no se trata de casos similares