Sentencia SE/0015/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0015/2016

Fecha: 10-Mar-2016

En este contexto de antecedentes se advierte que, la Gerencia Regional La Paz de la

VI.2. Con relación a la prescripción de la sanción de abandono tácito, donde la DAB, por haberse emitido la Resolución Administrativa después de tres años del ingreso de la mercancía a recinto aduanero.
En este contexto de antecedentes se advierte que, la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia, emitió la Resolución Administrativa AN-GRLPZ-LAPLI/404/2014, cursante de fs. 13 a 16 del anexo, que resolvió declarar en abandono tácito o de hecho a favor del Estado, la mercancía descrita en los Partes de Recepción Nº 201 2011 121507 de 1 de abril de 2011, 201 2011 123989 de 5 de abril de 2011, 201 2011 148765 de 19 abril de 2011 y 201 2011 341501 de 30 de agosto de 2011, consignadas a nombre de Depósitos Aduaneros Bolivianos en sujeción a los artículos 117 y 153 de la Ley General de Aduanas