Sentencia SE/0092/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0092/2020

Fecha: 22-Jul-2020

De acuerdo a la problemática planteada, y las normas ordinarias aplicables al presente caso, podemos

II.3. Fundamentos de la decisión.
De acuerdo a la problemática planteada, y las normas ordinarias aplicables al presente caso, podemos señalar lo siguiente:
Sobre la reversión de concesiones mineras o pérdida de derechos en áreas sin desarrollo de actividades mineras, la Constitución Política del Estado, en su art. 348.II dispone: “Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país” por su parte el art. 349.I prevé: “Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo”, y el art. 356 señala: “Las


actividades de exploración, explotación, refinación, industrialización, transporte y comercialización de los recursos naturales no renovables tendrán el carácter de necesidad estatal y utilidad pública”, igualmente el art. 370.III de la CPE prevé: “ El derecho minero en toda la cadena productiva así como los contratos mineros tienen que cumplir una función económica social ejercida directamente por sus titulares”, vale decir que la función económica social se cumple con el desarrollo de actividades mineras, en beneficio de la sociedad, el interés colectivo y su titular