Sentencia SE/0092/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0092/2020

Fecha: 22-Jul-2020

Por lo que de la compulsa de los antecedentes y de la normativa aplicable al

Por lo que de la compulsa de los antecedentes y de la normativa aplicable al caso, este Tribunal concluye el Acta de Verificación elaborada en la inspección sobre la existencia de actividades mineras constituye instrumento técnico legal, a través del cual se constata la existencia o inexistencia de actividad minera y por ende el cumplimiento o no de la función económica social, constatándose en el Acta de Verificación cursante a fs. 5, que no existe actividad minera, igualmente se constató la inexistencia de acceso a la ATE, aspectos corroborados por el Informe Técnico Nº 1141-UCF 123/2017, el cual como ya se describió previamente, señala en Actividades de Verificación que no existe acceso a la ATE, la zona presenta un área muy accidentada con quebradas muy pronunciadas producto de la erosión fluvial, gran parte de la ATE presenta afloramiento rocoso, dentro de la ATE no existe ninguna infraestructura emplazada, no se evidencian caminos ni sendas hacia y dentro del ATE, igualmente en Indicadores de la Actividad, describe que en la Zona no existe ningún trabajo de prospección o exploración que haya realizado el titular, el lugar es inaccesible, no siendo en consecuencia evidente que la empresa hubiera realizado trabajos en la mejora y ensanchamiento del camino San Juan de Hilo Hilo, como afirma el demandante, tomando en cuenta además que el camino por sí solo no demuestra el cumplimiento de la función económico social, el mismo debe ser tomado en cuenta en conjunto con las actividades propias de la minería, en cumplimiento a lo dispuesto por el art. art. 4 del DS 1801 de 20 de noviembre de 2013